martes, 24 de octubre de 2017

MEDIDAS PARA FRENAR EL INCREMENTO ABUSIVO DE LAS RENTAS DE LOS ALQUILERES DE VIVIENDAS.


El pasado día 20 de octubre el Sindicat de LLogateres de Sant Cugat celebró una asamblea abierta.
En su desarrollo me correspondió atender las consultas legales que podían formular los asistentes sobre sus contratos.
Las preguntas que se formularon tuvieron que ver básicamente con la duración del contrato, el importe de la fianza y la renta del alquiler.
Fueron varias personas las que denunciaron como la propiedad pretendía, al vencer la duración de su arrendamiento, incrementarles en más de un 50% el importe del alquiler.
El aumento era tan brutal que no les quedaba más remedio que buscarse otra vivienda.
No podían entender cómo la propiedad podía actuar de esta manera cuando ellos como inquilinos a lo largo de estos años habían cumplido con regularidad el pago mensual del recibo del alquiler.
Estaban muy preocupados y me preguntaron que podían hacer.
Lamentablemente tuve que decirles que la normativa amparaba la propiedad, pues el artículo 17 de la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos establece que la fijación de la renta será la que libremente acuerden el arrendador con el arrendatario.
En la práctica, son los propietarios quienes fijan unilateralmente que importe desean cobrar por el alquiler de su propiedad.
Al arrendatario solo le queda aceptar o no el precio exigido.
No hay negociación el propietario impone sus condiciones.

La posición de debilidad del inquilino ante el propietario para alquilar una vivienda exige un cambio de la normativa vigente.
Una reforma de la ley que hoy por hoy se antoja muy difícil de conseguir de un gobierno del PP.
Mientras tanto hay medidas que son factibles aplicar por los gobiernos autonómicos y locales para cambiar este situación que dificulta y en algunos casos hace imposible el derecho de todos y todas al acceso a una vivienda digna.

En primer lugar incrementando el parque de viviendas en alquiler.
En España solo el 18% del parque de viviendas es de alquiler.
Las Comunidades Autónomos y ayuntamientos deberían invertir en la construcción de viviendas sociales para incrementar su oferta que hoy en nuestro país no supera el 2% de las viviendas principales.
En Finlandia es del 16%, el 17% en Francia, el 18%en Reino Unido y Suecia, el 19% en Dinamarca, 23% en Austria y 32% en Holanda.

En segundo lugar penalizar la tenencia de viviendas vacías.

Manteniendo sin ocupar sus viviendas los propietarios especulan para maximizar el rendimiento económico de sus propiedades.
El INE censo, en el 2011, tres millones de viviendas vacías.

Estas dos medidas tendrían como consecuencia: 

Hacer posible que las familias con bajos ingresos puedan acceder a una vivienda digna.
Incrementar  la oferta global de viviendas en régimen de alquiler.
Incrementar la oferta de viviendas públicas en alquiler lo que acabaría con el dominio del sector privado de este mercado.
Presionar a la baja o como mínimo a la moderación los posibles incrementos de la rentas.

El ayuntamientos de Barcelona está ya trabajando con fuerza en esta dirección. 
Otros como el de Sant Cugat deberían hacer mucho más.




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